El Proyecto · Estación de Peaje

Peaje La Lizama

La Concesión Ruta del Cacao opera y administra el peaje La Lizama del corredor vial BBY, ubicado en el sector Zarzal de Barrancabermeja. Cuenta con ocho carriles y permite el paso de todo tipo de vehículo, incluyendo carga extra–pesada.

La Concesión Ruta del Cacao opera y administra el Peaje La Lizama del corredor vial BBY (Bucaramanga – Barrancabermeja – Yondó), ubicado en el sector Zarzal del municipio de Barrancabermeja. El peaje cuenta con ocho carriles para agilizar el recaudo y permite el paso de todo tipo de vehículo y de carga extra–pesada.

Tarifas vigentes 2026

PR18+100 UF2.3 RN 6601 — Tarifas a partir del 16 de enero de 2026. Las tarifas aplican para todos los vehículos que transiten por la estación de peaje La Lizama.

¿Cómo aplico a la tarifa diferencial?

Para formalizar su tarifa diferencial, debe revisar los requisitos del Reglamento según el tipo de vehículo:

Reglamento Tarifa Especial Diferencial Peaje La Lizama

Revise los requisitos según el tipo de vehículo antes de radicar la solicitud

Revise el Reglamento

Consulte el Reglamento de Tarifa Especial Diferencial y verifique a qué grupo pertenece su vehículo: particular, oficial, servicio público, empresa de aseo o volqueta.

Reúna la documentación

Prepare los documentos requeridos según el Reglamento para su categoría y grupo de tarifa diferencial.

Radique presencialmente o por correo

Entregue la documentación en la Oficina de Atención al Usuario en el Área de Servicio PR 28+200 (Lunes a viernes 7:00 a.m. – 5:00 p.m. · Sábado 7:00 a.m. – 11:00 a.m.), o envíela a [email protected] / [email protected]

Inscripción aprobada

Una vez aprobada su solicitud, comenzará a disfrutar del beneficio de tarifa diferencial en el Peaje La Lizama.

Grupos Tarifa Diferencial

Las tarifas diferenciales para la estación de peaje La Lizama están dirigidas a cuatro grupos de usuarios según el tipo de vehículo y la frecuencia de uso.
1
Vehículos servicio particular
Categoría IE1

Se otorgará exclusivamente a los propietarios de los vehículos particulares de los residentes de los corregimientos de La Fortuna y Meseta de San Rafael del Municipio de Barrancabermeja, y de las veredas Lizama 2 y Vizcaína del municipio de San Vicente de Chucurí, con una frecuencia mínima de cinco (5) pasos al mes, cumpliendo cuatro (4) de seis (6) meses.

Así mismo, se otorga a los vehículos oficiales pertenecientes a entidades del Estado que desarrollen funciones en el área de influencia del peaje, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente.

2
Vehículos servicio particular
Categoría IE2 · Casco urbano Barrancabermeja

Se otorga exclusivamente a los propietarios de los vehículos particulares de los residentes del casco urbano de Barrancabermeja. Con una frecuencia mínima de (8) ocho pasos al mes, cumpliendo cuatro (4) de seis (6) meses.

Igualmente, se incluye a las empresas de transporte automotor especial, siempre que presten el servicio desde y hacia el municipio de Barrancabermeja y cumplan con la frecuencia mínima de DIEZ (10) pasos al mes en al menos cuatro (4) de seis (6) meses consecutivos.

Así mismo, se otorga a las empresas de servicio público de transporte de pasajeros que prestan el servicio desde y hasta el municipio de Barrancabermeja. (pasos por empresa).

Lo anterior, teniendo en cuenta que, existen vehículos de servicio público y especial pertenecientes a la categoría 1.

3
Servicio público y especial
Categoría IIE · Transporte intermunicipal
Se otorga exclusivamente a las empresas de servicio público de transporte de pasajeros que prestan el servicio desde y hasta el municipio de Barrancabermeja Y a los propietarios de vehículos de transporte automotor especial que prestan el servicio desde y hacia el municipio de Barrancabermeja. Con una frecuencia mínima de (10) pasos al mes, cumpliendo en al menos cuatro (4) de seis (6) meses consecutivos.
4
Volquetas y empresas de aseo
Distrito de Barrancabermeja

Se otorga exclusivamente a Los propietarios de volquetas particulares que trabajan en el Distrito de Barrancabermeja, sin pasos mínimos al mes. NOTA: Los usuarios de volquetas con esta Tarifa Diferencial, deberán hacer uso del beneficio mínimo una vez en seis meses.

Las empresas de transporte y recolección de basuras que operen en el Distrito de Barrancabermeja, con una frecuencia mínima de diez (10) pasos al mes, cumpliendo en al menos cuatro (4) de seis (6) meses consecutivos

Puntos de atención

Oficina tarifa especial

Área de Servicio PR 28+200
Vía Bucaramanga – Barrancabermeja

Lun – Vie: 7:00 a.m. – 5:00 p.m.
Sábado: 7:00 a.m. – 11:00 a.m.

Oficina principal

Carrera 17 N° 11–41
Granjas de Campo Alegre
Lebrija, Santander
316 877 6880

Envío documentación